Localización de Parcela. Deslinde y Amojonamiento.

Como Ingeniero Técnico en Topografía en ocasiones me solicitan la localización exacta de parcelas, ya sea por desconocimiento de alguna de sus lindes o bien puede ocurrir que se haya heredado una parcela y que los títulos de propiedad provengan de hijuelas, documentos privados de compra-venta, escrituras que hagan referencia a topónimos en desuso que no ayuden a clarificarlo, también se da frecuentemente el caso que quien recurre a nuestros servicios quiera optar por comprar una parcela y quiera verificar la localización de sus linderos ya que proviene de una expropiación o pretenda adquirirla mediante subasta, lo cual hace que sea difícil el deslindarse con los colindantes.

En cualquiera de los casos citados anteriormente, por experiencia aconsejamos realizar un estudio para la localización de la misma donde primeramente se haga constar la existencia de un acuerdo de deslinde con los colindantes, una memoria técnica con su historia cronológicamente a través de ortofotos antiguas, documentos de propiedad, planos catastrales, catastros antiguos, notas simples del registro, además, planos georreferenciados en UTM, encajados con la cartografía catastral, archivos GML, Informe de Validación Gráfica Alternativa y por último el amojonamiento de la parcela.

En el caso de lindar con camino público o real aconsejo acudir al ayuntamiento correspondiente para solicitar el deslinde y si se da el caso de ser el margen de un barranco, debemos dirigirnos al Consejo Insular de Aguas.

Aunque hoy los informes topográficos constan de un listado en coordenadas UTM que nos ayudará en cualquier momento a localizar el contorno exacto de la parcela seguiré insistiendo en aconsejar en replantear sobre el terreno esos límites deslindados y colocar los correspondientes hitos para constatar la ocupación de la parcela.

Suele darse el caso de que conociendo los linderos se realice un levantamiento topográfico y se vea que existe una discrepancia de superficies entre la realidad, el título / escritura pública, el Catastro y el Registro, situación que estudiaremos en otra ocasión y haremos alusión a como coordinar la superficie de la finca por los procedimientos previstos en la Ley  13/2015, de 24 de junio, de Reforma de la Hipotecaria y del texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, de acuerdo con la certificación de dicha delimitación gráfica.

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