En ésta ocasión nos trasladamos al municipio de Santa Brígida – Gran Canaria – para realizar un deslinde de parcela y posterior resolución de discrepancias si las hubiese, por lo que nuestras primeras actuaciones serán: identificación de linderos – mojones, muros, averiguar titulares registrales y catastrales – y descripción de las fincas tal y como aparecen inscritas.
Posteriormente realizaremos un levantamiento topográfico riguroso de la parcela con GPS profesional para realizar la medición topográfica, generaremos un informe detallado, representación gráfica georreferenciada -planos georreferenciados- , encaje de parcela en las diferentes cartografías, generaremos archivo GML e Informe de validación Gráfica Alternativa.
Todo ello digitalizado, con precisión geométrica y especificaciones técnicas establecidas según la Ley 13/2015, de 24 de junio, de Reforma de la Ley Hipotecaria, aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946, y del texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo.
Más sencillo, sería replantear la finca de acuerdo a su plano catastral registrado en derechos reales, usándose GPS de precisión y estación total
La cartografía catastral no se corresponde con la realidad